Categoría | Atributo clave | Indicador | Preguntas | Guía de preguntas | |
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Protección legal, acceso a la justicia y a la reparación | |||||
Acceso a la justicia y a la reparación | Acceso a e igualdad ante audiencias y tribunales |
Los pueblos y comunidades indígenas tienen personalidad jurídica reconocida con capacidad para ser titulares de derechos, defender/litigar derechos y recurrir en caso de violaciones.
(I99) | ¿Están reconocidos los pueblos indígenas como entidades legales (personería jurídica) en la legislación nacional, con capacidad de defender y litigar sobre derechos y buscar soluciones a las violaciones? Q63(LNS)
Response options 1: Sí
2: No | De acuerdo con el artículo 40 de la DNUDPI, los pueblos indígenas tienen derecho a acceder a los procedimientos destinados a resolver los conflictos con los Estados y otras partes, y el derecho a solicitar reparación por las violaciones de sus derechos individuales y colectivos. Para garantizar el acceso efectivo de los pueblos indígenas a estos mecanismos, es importante que tengan la posibilidad de ser reconocidos colectivamente como entidad legal o persona jurídica. | |
Proporción de reclusos indígenas en comparación con su proporción total de población.
(I28) | ¿Qué porcentaje del total de población reclusa está constituido por indígenas? Q68(LNS)
Response options 1: Porcentaje
2: No hay datos disponibles | Esta pregunta monitorea el acceso y la igualdad de los pueblos indígenas ante las cortes y tribunales. | |||
Los pueblos y comunidades indígenas tienen personalidad jurídica reconocida con capacidad para ser titulares de derechos, defender/litigar derechos y recurrir en caso de violaciones.
(I99) | ¿Ha sido su pueblo/comunidad reconocido como entidad legal (personalidad jurídica) que pueda tener derechos, defender y litigar por derechos y buscar soluciones en caso de transgresiones? Q72(LCS)
Response options 1: Sí
2: No | ¿Se le ha reconocido a su pueblo/comunidad como poseedora de su propia identidad y personalidad legal, con todos los deberes y derechos legales asociados a ello? ¿Su comunidad tiene el derecho de actuar como un colectivo ante las autoridades legales (celebrar contratos, acercarse a los tribunales, etc.)? En caso afirmativo, usted es reconocido como una entidad legal y puede responder "sí" a esta pregunta. Si no, haga clic en "no". | |||
Acceso a remedio por vulneración de derechos |
Sanción de los violadores de los derechos de los pueblos indígenas a las tierras y territorios.
(I5)
WCIP para. 24
| Si su pueblo o comunidad, desde 2008, ha experimentado violaciones de sus derechos sobre las tierras, territorios y recursos, ¿han sido los causantes sancionados por el sistema nacional de justicia? Q50(LCS)
Response options 1: Sí
2: No | En caso de que su pueblo/comunidad ha sufrido violaciones de sus derechos a las tierras, territorios y recursos desde 2008, indique si las personas que cometieron estos abusos han sido sancionadas por un tribunal. Por favor, proporcione información adicional en el recuadro que aparece a continuación sobre cualquiera de estos casos. | ||
Casos de resoluciones judiciales que proporcionen reparación en caso de violaciones de los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
(I69) | ¿Desde 2008, se han dado casos de fallos de la corte que conlleven soluciones para las vulneraciones de los derechos colectivos de los pueblos indígenas? Q66(LNS)
Response options 1: Sí
2: No | Esta pregunta monitorea el acceso de los pueblos indígenas a la reparación por la violación de sus derechos colectivos. | |||
Posibilidad de emprender acciones legales para litigar derechos y recurrir por violaciones.
(I152) | ¿Ha sido capaz su pueblo/comunidad de iniciar acciones legales para litigar derechos y buscar soluciones a las transgresiones? Q73(LCS)
Response options 1: De ninguna manera
2: De manera limitada 3: Hasta cierto punto 4: De manera significativa 5: Completamente 6: No hemos experimentado violaciones que requieran de acciones legales y reparaciones | Por favor, indique en qué medida su pueblo/comunidad puede verdaderamente emprender acciones legales y buscar reparación cuando se violen sus derechos. Le dan cinco opciones de respuesta según la acción: | |||
Si su comunidad/pueblo no ha tenido oportunidad para iniciar acción legal, ¿cuáles han sido las restricciones que encuentra (marque tantas casillas como fuese necesario)? Q74(LCS)
Response options 1: Falta de reconocimiento de sus derechos en el marco legal nacional
2: Poca conciencia en su comunidad/pueblo sobre los derechos y las oportunidades legales 3: Falta de los recursos financieros necesarios 4: Acceso limitado a la asistencia jurídica 5: Barreras del idioma 6: Distancia de las instituciones judiciales 7: Otras | Si su pueblo/comunidad enfrenta obstáculos para emprender acciones legales y buscar reparación, identifique aquí los factores que limitan su acceso a la justicia. Tenga en cuenta que puede marcar tantas casillas como sean relevantes, y también identificar otros factores que sean pertinentes en su contexto. Si marca la opción "otros", proporcione información adicional. Las opciones de respuesta enumeradas son las siguientes: | ||||
Acceso a servicios de traducción en los procedimientos judiciales |
El derecho de acceso a la traducción en lenguas indígenas de los procedimientos judiciales está reconocido en la legislación nacional.
(I76) | ¿Reconoce la legislación nacional el derecho de traducción a las lenguas indígenas en los procesos legales? Q64(LNS)
Response options 1: Sí
2: No | Los pueblos indígenas a menudo no están familiarizados con las leyes nacionales o el sistema legal nacional y no tienen los antecedentes educativos ni los medios económicos para garantizar su acceso a la justicia. Normalmente, no hablan ni leen el idioma oficial utilizado en los procedimientos legales, y pueden encontrar que los tribunales, las audiencias o los tribunales son confusos. Para abordar esta situación, el Artículo 13(2) de la DNUDPI estipula que "los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que [...] los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados. | ||
Consideración del derecho consuetudinario en los procedimientos judiciales |
Casos de resoluciones judiciales, que toman en consideración el derecho consuetudinario.
(I71) | ¿Desde 2008, han habido casos de fallos de la corte que han tomado en consideración el derecho consuetudinario? Q65(LNS)
Response options 1: Sí
2: No | El artículo 40 de la DNUDPI sostiene que las decisiones sobre conflictos y solución de controversias y recursos "deberán tener debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados". Esta pregunta, por lo tanto, está relacionada con la cuestión más amplia del reconocimiento del derecho consuetudinario (respuesta a la pregunta 30). | ||
Audiencia pública por parte de tribunales competentes e independientes |
Cursos de capacitación para jueces y funcionarios judiciales sobre los derechos de los pueblos indígenas.
(I7) | ¿Imparte el Estado cursos de formación sobre derechos de los pueblos indígenas para los grupos siguientes? Q67(LNS)
Response categories Jueces
Agencia del orden Otros trabajadores legales Response options 1: Sí
2: No | Esta pregunta monitorea si se han establecido los procedimientos adecuados para garantizar que los tribunales sean competentes para conocer los casos de los pueblos indígenas. | ||