Categoría | Atributo clave | Indicador | Preguntas | Guía de preguntas | |
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Libertad de expresión y medios de comunicación | |||||
Libertad de expresión y medios de comunicación | Acceso a la información |
Proporción de individuos que usan Internet.
(I98)
Indicador de los ODS: 17.8.1
| ¿Qué proporción de indígenas usan el Internet? Q74(LNS)
Response options 1: Proporción de usuarios indígenas
2: No hay datos disponibles | Esta pregunta monitorea el acceso de los pueblos indígenas a todas las formas de medios de información sin discriminación. Esto refleja el derecho humano fundamental de la libertad de expresión, y el derecho a buscar y recibir la información incluida en este derecho (DUDH, PIDCP, CDN). | |
Acceso a los principales medios de comunicación nacionales como: a) radio, b) televisión, c) periódico o revista
(I145) | ¿Ha tenido acceso su pueblo/comunidad a cualquiera de los principales medios de comunicación siguientes? Q78(LCS)
Response options 1: Radio
2: Televisión 3: Periódicos o revistas 4: Ninguno de ellos | Indique por favor si cada uno de los principales medios mencionados llegan a su pueblo/comunidad. Marque la casilla si el medio mencionado llega a su pueblo/comunidad. | |||
Proporción de individuos que usan Internet.
(I98)
Indicador de los ODS: 17.8.1
| ¿Aproximadamente cuántos de sus pueblo/comunidades tienen acceso a Internet en el hogar? Q80(LCS)
Response options 1: Ninguno/a
2: Uno/a de cinco 3: Dos de cinco 4: Tres de cinco 5: Cuatro de cinco 6: Cinco de cinco 7: No hay datos disponibles | Por favor, evalúe cuántas personas en su comunidad/pueblo pueden usar Internet desde sus hogares. | |||
Establecimiento de medios de comunicación propios de los pueblos indígenas |
Reconocimiento en la legislación nacional del derecho de los pueblos indígenas a establecer sus propios medios de comunicación.
(I58) | ¿Reconoce la legislación nacional al derecho de los pueblos indígenas a establecer sus propios medios de comunicación? Q73(LNS)
Response options 1: Sí
2: No | El artículo 16 (1) de DNUDPI establece que los pueblos indígenas tienen "el derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas". | ||
Acceso a los medios de comunicación indígenas, categorizados como a) emisora de radio, b) canal de televisión, c) páginas de Internet, d) periódico o revista.
(I67) | ¿Ha tenido su pueblo/comunidad acceso a alguno de los siguientes medios, de comunicación operados por los mismos pueblos indígenas? (marque tantas casillas como fuese necesario) Q77(LCS)
Response options 1: Emisoras de radio indígenas
2: Emisoras de TV indígena 3: Sitios de Internet indígenas 4: Periódicos o revistas indígenas 5: Ninguno de ellos | Por favor, indique si alguno de los medios de comunicación contenidos en esta lista llega a su comunidad/pueblo en su propio idioma indígena y, de ser así, indique el nombre del medio de comunicación, difusión, etc. Esta pregunta se refiere a los medios operados por parte de los propios pueblos indígenas, mientras que, a continuación, la pregunta nº79 le pregunta si tiene acceso a contenido en idioma indígena en los medios estatales. | |||
Reflejo de la diversidad cultural de los pueblos indígenas en los medios de comunicación estatales |
Radiodifusión o uso de las lenguas indígenas en los medios de comunicación estatales, tales como a) radio, b) televisión, c) páginas web.
(I11) | ¿Son utilizadas las lenguas indígenas en los siguientes medios de comunicación del Estado? Q71(LNS)
Response categories Radio
Televisión Sitios de Internet Response options 1: Sí
2: No | El Artículo 16(2) de la DNUDPI estipula que "los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejan debidamente la diversidad cultural indígena.” Esto incluye el uso de lenguas indígenas en los medios públicos. | ||
¿Ha tenido su pueblo/comunidad acceso a programas en lengua indígena? Q79(LCS)
Response options 1: Emisiones en radios del Estado en lengua/s indígena/s
2: Emisiones en TV del Estado en lengua/s indígena/s Sitios de 3: Internet del Estado en lengua/s indígena/s 4: Ninguno de ellos | Por favor, indique si los medios mencionados llegan a su comunidad/pueblo marcando las casillas correspondientes al medio que llega a su alcance. Si tiene comentarios adicionales (por ejemplo, sobre el idioma, contenido, frecuencia, etc.), puede incluirlos en el cuadro a continuación. | ||||
Combatir el prejuicio y la propaganda discriminatoria | Medidas eficaces para combatir los prejuicios y la discriminación contra los pueblos indígenas y promover la tolerancia, el entendimiento y las buenas relaciones |
Las culturas, tradiciones e historias de los pueblos indígenas se reflejan de forma positiva en los planes nacionales de enseñanza primaria y secundaria.
(I139)
WCIP para. 11
| ¿En qué medida las culturas, tradiciones e historias de su pueblo/comunidad están reflejadas positivamente en el currículo de la escuela primaria? Q109(LCS)
Response options 1: De ningúna manera
2: De manera limitada 3: Hasta cierto punto 4: De manera significativa 5: Completamente | Indique por favor si los profesores incluyen referencias positivas a la cultura, tradiciones e historias indígenas en su enseñanza. ¿Se incluyen estos temas en los libros de texto que usan? Por favor, debata sobre si las personas tienen ejemplos específicos de tales referencias positivas, y posteriormente evalúe el grado en que dichas referencias se reflejan en la enseñanza. | |
¿Están reflejadas positivamente las culturas, tradiciones e historias de los pueblos indígenas en los programas nacionales de educación primaria? Q88(LNS)
Response options 1: De ningúna manera
2: Hasta cierto punto limitado 3: Hasta cierto punto 4: De manera significativa 5: Totalmente | Esta pregunta está relacionada con los artículos 14 y 15 de la DNUDPI, que especifican qué significa el derecho a la educación para los pueblos indígenas. Específicamente, la pregunta monitorea el Artículo 15(1) de la DNUDPI: " Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación y la información pública." De manera similar, el Artículo 27 del Convenio No.169 de la OIT requiere que los programas y servicios educativos para los pueblos indígenas incorporen sus historias, sus conocimientos y tecnologías, sus sistemas de valores y sus aspiraciones socioeconómicas y culturales. | ||||
Prevención y reparación por propaganda que incite a la discriminación contra los pueblos indígenas |
La(s) ley(es) nacional(es) prohíben el fomento del odio que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia contra los pueblos indígenas.
(I39)
WCIP para. 18
| ¿Prohíbe la legislación nacional promover el odio que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia contra los pueblos indígenas? Q72(LNS)
Response options 1: Sí
2: No | El Artículo 8(2)e) de la DNUDPI establece explícitamente que los estados deben proporcionar prevención y reparación para "toda forma de propaganda diseñada que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos." | ||