Refinar busqueda

Filtrar Resultados
Dominio
Seleccionar elementos para incluir Seleccionar instrumento / instrumentos para comparar
Categoría Artículo DNUDPI
Atributo clave Instrumento relacionado
Indicador
Guía de preguntas
Preguntas

Export as:

PDF CSV
Categoría Atributo clave Indicador Preguntas Guía de preguntas
Libertad de expresión y medios de comunicación
Libertad de expresión y medios de comunicación Acceso a la información
Proporción de individuos que usan Internet. (I98)

Indicador de los ODS: 17.8.1
¿Qué proporción de indígenas usan el Internet? Q74(LNS)

Esta pregunta monitorea el acceso de los pueblos indígenas a todas las formas de medios de información sin discriminación. Esto refleja el derecho humano fundamental de la libertad de expresión, y el derecho a buscar y recibir la información incluida en este derecho (DUDH, PIDCP, CDN).
El indicador está alineado con el Indicador ODS 17.8.1 sobre la proporción de personas que usan Internet.
Los datos sobre esto deberían ser generados por las autoridades nacionales encargadas de hacer el seguimiento oficial del logro de los ODS en relación con los indicadores globales acordados (generalmente las Oficinas Nacionales de Estadística están a cargo), por lo que debe verificar si esos datos oficiales de ODS están desglosados ​​por etnicidad / identificador indígena. Si lo son, puede incorporar los datos aquí. Si los datos nacionales de los ODS no están desglosados ​​por identificador étnico / indígena, debe buscar otras fuentes relevantes a nivel nacional, como los ministerios encargados de gobernar los asuntos de los medios de información, los datos de los actores multilaterales de desarrollo u otras fuentes relevantes.
La UIT compilará los datos para este indicador ODS (17.8.1) a nivel mundial.
Si hay datos disponibles, escriba el porcentaje dado en el primer cuadro de respuesta. Si no hay datos disponibles, marque 0 (cero) en el segundo cuadro de respuesta. Use el cuadro de comentarios para proporcionar observaciones adicionales, según corresponda.

Acceso a los principales medios de comunicación nacionales como: a) radio, b) televisión, c) periódico o revista (I145)

¿Ha tenido acceso su pueblo/comunidad a cualquiera de los principales medios de comunicación siguientes? Q78(LCS)

Indique por favor si cada uno de los principales medios mencionados llegan a su pueblo/comunidad. Marque la casilla si el medio mencionado llega a su pueblo/comunidad.

Proporción de individuos que usan Internet. (I98)

Indicador de los ODS: 17.8.1
¿Aproximadamente cuántos de sus pueblo/comunidades tienen acceso a Internet en el hogar? Q80(LCS)

Por favor, evalúe cuántas personas en su comunidad/pueblo pueden usar Internet desde sus hogares.

Opciones de respuesta:
· Ninguno = nadie (0%)
· Uno de cada cinco - algunos (hasta el 20%)
· Dos de cada cinco - un poco menos de la mitad (hasta el 40%).
· Tres de cada cinco = un poco más de la mitad (hasta el 60%).
· Cuatro de cada cinco = la mayoría (hasta el 80%)
· Cinco de cada cinco = todos (hasta el 100%)
· No hay datos disponibles.

Establecimiento de medios de comunicación propios de los pueblos indígenas
Reconocimiento en la legislación nacional del derecho de los pueblos indígenas a establecer sus propios medios de comunicación. (I58)

¿Reconoce la legislación nacional al derecho de los pueblos indígenas a establecer sus propios medios de comunicación? Q73(LNS)

El artículo 16 (1) de DNUDPI establece que los pueblos indígenas tienen "el derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas".
Fuente de datos: legislación nacional
Por favor, responda 'Sí' o 'No' y proporcione información adicional en el cuadro de comentarios, según corresponda.

Acceso a los medios de comunicación indígenas, categorizados como a) emisora de radio, b) canal de televisión, c) páginas de Internet, d) periódico o revista. (I67)

¿Ha tenido su pueblo/comunidad acceso a alguno de los siguientes medios, de comunicación operados por los mismos pueblos indígenas? (marque tantas casillas como fuese necesario) Q77(LCS)

Por favor, indique si alguno de los medios de comunicación contenidos en esta lista llega a su comunidad/pueblo en su propio idioma indígena y, de ser así, indique el nombre del medio de comunicación, difusión, etc. Esta pregunta se refiere a los medios operados por parte de los propios pueblos indígenas, mientras que, a continuación, la pregunta nº79 le pregunta si tiene acceso a contenido en idioma indígena en los medios estatales.
· Transmisión de radio indígena: ¿Puede escuchar la radio producida por emisoras de radio indígenas?
· Emisión de TV indígena: ¿Alguno de los canales de televisión que están a su alcance son operados por las organizaciones/compañías de medios indígenas?
· Páginas de Internet indígenas: ¿Tiene acceso a páginas de Internet administradas por organizaciones indígenas?
· Periódico o revista indígena: ¿recibe algún medio impreso de editores indígenas?

Reflejo de la diversidad cultural de los pueblos indígenas en los medios de comunicación estatales
Radiodifusión o uso de las lenguas indígenas en los medios de comunicación estatales, tales como a) radio, b) televisión, c) páginas web. (I11)

¿Son utilizadas las lenguas indígenas en los siguientes medios de comunicación del Estado? Q71(LNS)

El Artículo 16(2) de la DNUDPI estipula que "los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejan debidamente la diversidad cultural indígena.” Esto incluye el uso de lenguas indígenas en los medios públicos.
Fuentes de datos: radio pública y canales de televisión (de propiedad estatal), medios públicos establecidos ​​en Internet (de propiedad estatal)
Por favor, responda 'Sí' o 'No' a cada una de las categorías dadas y proporcione información y referencias adicionales en el cuadro de comentarios si la respuesta es 'Sí'.

¿Ha tenido su pueblo/comunidad acceso a programas en lengua indígena? Q79(LCS)

Por favor, indique si los medios mencionados llegan a su comunidad/pueblo marcando las casillas correspondientes al medio que llega a su alcance. Si tiene comentarios adicionales (por ejemplo, sobre el idioma, contenido, frecuencia, etc.), puede incluirlos en el cuadro a continuación.

Combatir el prejuicio y la propaganda discriminatoria Medidas eficaces para combatir los prejuicios y la discriminación contra los pueblos indígenas y promover la tolerancia, el entendimiento y las buenas relaciones
Las culturas, tradiciones e historias de los pueblos indígenas se reflejan de forma positiva en los planes nacionales de enseñanza primaria y secundaria. (I139)

WCIP para. 11
¿En qué medida las culturas, tradiciones e historias de su pueblo/comunidad están reflejadas positivamente en el currículo de la escuela primaria? Q109(LCS)

Indique por favor si los profesores incluyen referencias positivas a la cultura, tradiciones e historias indígenas en su enseñanza. ¿Se incluyen estos temas en los libros de texto que usan? Por favor, debata sobre si las personas tienen ejemplos específicos de tales referencias positivas, y posteriormente evalúe el grado en que dichas referencias se reflejan en la enseñanza.

Las opciones de respuesta son:

· En absoluto: los profesores y los libros de texto nunca mencionan la cultura, tradiciones o historias indígenas en un sentido positivo
· Hasta cierto punto - a veces ocurre, pero no tenemos muchos ejemplos de ello
· En cierta medida - sucede con bastante frecuencia, tenemos muchos ejemplos de ello
· En gran medida - sucede mucho, hay tantos ejemplos que no podemos mencionarlos a todos
· Completamente - sucede todo el tiempo, y es un aspecto tan importante de la enseñanza en nuestras escuelas, que no le prestamos necesariamente atención especial cuando sucede.

Puede que aquí el facilitador tenga que ayudar a la comunidad a traducir su debate en la opción de respuesta que mejor refleje su conclusión.

¿Están reflejadas positivamente las culturas, tradiciones e historias de los pueblos indígenas en los programas nacionales de educación primaria? Q88(LNS)

Esta pregunta está relacionada con los artículos 14 y 15 de la DNUDPI, que especifican qué significa el derecho a la educación para los pueblos indígenas. Específicamente, la pregunta monitorea el Artículo 15(1) de la DNUDPI: " Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación y la información pública." De manera similar, el Artículo 27 del Convenio No.169 de la OIT requiere que los programas y servicios educativos para los pueblos indígenas incorporen sus historias, sus conocimientos y tecnologías, sus sistemas de valores y sus aspiraciones socioeconómicas y culturales.
De cara a cumplir con su deber de proporcionar a los pueblos indígenas una educación adecuada, los estados deben desarrollar planes de estudio diversificados, culturalmente apropiados y relevantes a nivel local, promoviendo así el respeto por las culturas y la dignidad indígenas.
La Observación General Nº 13 del CDESC: el derecho a la educación ofrece orientación sobre qué principios se deben seguir al implementar el derecho a la educación, incluida la aceptabilidad: este principio resuena fuertemente con el Artículo 15 (1) de la DNUDPI, ya que la Observación General especifica que la educación sea "aceptable" para los destinatarios, comprendidos los planes de estudios, y los métodos pedagógicos deben ser pertinentes y culturalmente adecuados para los estudiantes.
Fuente de datos: Currículos escolares nacionales.
Tiene cinco opciones de respuesta, que van desde 'En absoluto' a 'Totalmente'. Marque por favor el que mejor refleje su evaluación y use el cuadro de comentarios para proporcionar información adicional, según corresponda.

Prevención y reparación por propaganda que incite a la discriminación contra los pueblos indígenas
La(s) ley(es) nacional(es) prohíben el fomento del odio que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia contra los pueblos indígenas. (I39)

WCIP para. 18
¿Prohíbe la legislación nacional promover el odio que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia contra los pueblos indígenas? Q72(LNS)

El Artículo 8(2)e) de la DNUDPI establece explícitamente que los estados deben proporcionar prevención y reparación para "toda forma de propaganda diseñada que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos."
Fuente de datos: legislación nacional
Por favor, responda 'Sí' o 'No' y proporcione información adicional en el cuadro de comentarios, según corresponda.